Se encuentra en actual tramitación un proyecto de ley que modifica la Ley N° 21.170, sobre el tratamiento de las penas de los delitos de robo y receptación de vehículos motorizados o de los bienes que están al interior de éstos, con objeto de que las aseguradoras tengan la obligación de entregar dispositivos corta corriente a distancia.
Los autores del proyecto señalan que durante los últimos años, se han masificado en nuestro país nuevas clases de delitos enfocados en el robo de vehículos motorizados o de especies que se encuentren en su interior, los cuales varían en gravedad. Sin embargo, estos delitos muchas veces vienen acompañados de violencia efectuada en contra de las personas que se encuentran dentro de los vehículos.
Estas prácticas son conocidas coloquialmente como portonazos y encerronas, las cuales no solo flagelan el derecho a la propiedad de la víctima, sino que además ponen en riesgo su integridad física y psíquica. Son delitos de alta connotación social y, lamentablemente, toda persona que transite en un vehículo se encuentra expuesta a ser víctima de ello, por lo que uno de los miedos constantes que ha aquejado a los chilenos durante el último tiempo es convertirse en una nueva víctima, no solo por la pérdida material que esto implica, sino por el riesgo para la vida del conductor y de las otras personas que se encuentren a bordo.
Si bien la publicación de la Ley 21.170 ha implementado un sistema que logra hacerse cargo de la calificación de estos delitos, el proyecto busca ampliar la obligación que actualmente tienen las aseguradoras en la contratación de pólizas de seguro para vehículos motorizados. Además de la obligación de entregar dispositivos GPS, ya regulada por la ley, se incorpora la exigencia de ofrecer un aparato corta corriente a distancia, sin cobro adicional. Esto con el objeto aumentar las medidas de seguridad para enfrentar los robos de vehículos.
El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara Baja.