Medidas tributarias para la reactivación económica

Category: Actualidad Legal Covid-19 , 3 septiembre 2020 | Nuevas medidas tributarias

La Ley 21.256, publicada ayer, establece diversas medidas tributarias en el marco del Plan de Emergencia para la Reactivación Económica del Empleo.

Destacamos las siguientes medidas:

1. Rebaja de tasa de Primera Categoría a 10% años 2020, 2021 y 2022
Se disminuye a 10% la tasa de Primera Categoría y Pagos Provisionales Mensuales a todas las empresas acogidas al Régimen Pro Pyme durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022, es decir, hasta el año tributario 2023.

2. Devolución de remanentes de crédito fiscal IVA
Las Pymes podrán pedir durante el mes de septiembre, la devolución del remanente de crédito fiscal acumulado a junio 2020, en la medida que exista rebaja de ingresos sobre un 30%, comparando los ingresos generados desde enero a mayo del año 2019 y los generados en los mismos meses del año 2020.

La Tesorería General de la República debe proceder a la devolución en un plazo de 10 días desde la realización de la solicitud, sin posibilidad de realizar retenciones ni compensaciones.

3. Depreciación instantánea
La Ley incorpora un nuevo artículo 22 transitorio bis a la Ley 21.210, que faculta a los contribuyentes que declaren el impuesto de Primera Categoría sobre renta efectiva determinada según contabilidad completa, que adquieran bienes físicos del activo inmovilizado nuevos o importados entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, a depreciar dichos bienes de manera instantánea e íntegra, en el mismo ejercicio comercial en que sean adquiridos.

Pueden depreciarse de la misma forma los activos intangibles destinados al interés, desarrollo o mantención de la empresa o negocio, consistentes en derechos de propiedad industrial, derechos de propiedad intelectual y variedades vegetales, quedando expresamente excluido el intangible correspondiente a goodwill.

Más información sobre Temas Tributarios contactar a:

Hernán Fontaine
Socio Área Tributaria
hfontaine@fontaineycia.cl
Javier Cortés
Asociado Área Tributaria
jcortes@fontainycia.cl

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