El gobierno creó dos subsidios al empleo con el objeto de evitar despidos de los trabajadores suspendidos e incentivar la contratación de nuevos puestos de trabajo, que consisten en:
1. Subsidio por reincorporación de un trabajador suspendido:a. Beneficio: Se entrega a la empresa un beneficio de $160.000 mensuales por cada trabajador que se reincorpora a sus funciones luego de haber estado suspendido de acuerdo a la Ley de Protección del Empleo. Se expiende hasta por 6 meses.
b. Requisitos:
-Condiciones para empresas:
* Tributar en primera categoría, régimen de renta presunta o de un pequeño contribuyente.
* Tener un 20% o más de disminución de sus ventas del giro o ingresos brutos acumulados entre abril y julio de 2020, respecto al 2019.
-Condiciones de trabajadores que postulan al beneficio:
* Mayores de 18 años.
* Haber vuelto a sus funciones tras haberse acogido a la Ley de Protección del Empleo.
* Para los casos de suspensión por acto de autoridad, deberán haber estado vigentes al menos un día durante el período entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020. Para las suspensiones por pacto, deben encontrarse vigentes al 28 de septiembre de 2020.
* Remuneración bruta mensual igual o inferior a 3 IMM.
2. Subsidio por Contratación de un nuevo trabajador:a. Beneficio: Se entrega a la empresa un porcentaje de la remuneración mensual bruta por cada trabajador postulado, que sea una contratación adicional en relación a la dotación de julio de 2020. Este porcentaje varía entre el 50% (con tope de $250.000) y el 60% (con tope de $270.000), dependiendo de si se trata de mujeres, personas con discapacidad u hombres mayores de 18 y menores de 24 años. Se extiende hasta por 6 meses.
b. Requisitos:
– Condiciones para empresas:
* Tributar en primera categoría en cualquiera de los regímenes del artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta, régimen de renta presunta o de un pequeño contribuyente.
* La empresa deberá mantener un incremento en el número de trabajadores igual o mayor al número de bonificaciones vigentes por este subsidio.
* Grandes empresas: Además de incrementar su dotación respecto de julio de 2020, deberán mantener al menos el 80% de la identidad de los trabajadores al momento de postular al subsidio y no pueden repartir utilidades sobre el 30% durante el ejercicio comercial en que se reciben bonificaciones.
-Condiciones de trabajadores que postulan al beneficio:
* Mayores de 18 años.
* Remuneración bruta mensual igual o inferior a 3 IMM.
* Ser nuevas contrataciones, adicionales a la dotación de julio de 2020.
* No se podrá contratar a trabajadores que hayan sido despedidos después del 28 de septiembre de 2020.
Las empresas pueden postular a estos beneficios a través de la página www.subsidioalempleo.cl, y el plazo es hasta el 31 de marzo de 2021.