Se extiende el Postnatal Parental hasta el 31 de diciembre de 2022

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Con fecha 24 de noviembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.510, que extiende el postnatal de emergencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Previamente, en el mes de julio pasado, se estableció la posibilidad a las trabajadoras de extender el Permiso Postnatal Parental (PPP) por hasta un máximo de 60 días, y hasta el 30 de septiembre.

Con esta nueva ley, los trabajadores y trabajadoras que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental, y cuyo término ocurra entre el 1º de octubre y el 30 de diciembre del año 2022, tendrán derecho a solicitar su extensión.

El ejercicio de este derecho deberá ser comunicado por escrito mediante correo electrónico o carta certificada al empleador, a lo menos, cinco días hábiles de anticipación a la fecha de término del PPP, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, sin perjuicio de lo cual si se omite esta comunicación, se entenderá como una decisión de extender el permiso postnatal parental respectivo.

La trabajadora o el trabajador que ya haya regresado a sus funciones entre el 1° de octubre de 2022 y el 24 de noviembre (fecha de publicación de la Ley), igualmente podrán acogerse al beneficio.

En todos los casos el empleador deberá comunicar a la entidad pagadora del subsidio la decisión de la trabajadora o del trabajador de hacer uso de este derecho, en un plazo no superior a los tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción del aviso.

Extensión Posnatal Anterior (hasta el 30/09/2022)
Quienes hayan hecho uso de la extensión del postnatal anterior (Ley 21.474), y que al 30 de septiembre del 2022 no han completado el total de sesenta días continuos establecidos como beneficio en la referida ley, podrán hacer uso de los días restantes hasta completar los sesenta días referidos, pero siempre hasta el 31 de diciembre de 2022.

Fuero
Las trabajadoras y los trabajadores que hagan uso de la extensión del permiso postnatal parental que otorga esta ley, tendrán derecho a una prórroga del fuero maternal, la que será equivalente al período de la extensión del permiso postnatal parental, y regirá inmediatamente terminado el período del fuero original.

Más información contactar a:

Diego Marín
Socio Área Laboral
dmarin@fontaineycia.cl

Rodrigo Palacios
Asociado Área Laboral
rpalacios@fontaineycia.cl

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