Propuesta constitucional y temas tributarios

Category: 2023 , 14 diciembre 2023 | Propuesta constitucional y temas tributarios

La propuesta de nueva Constitución mantiene los principios tributarios que la actual Constitución establece. Sin embargo, se incorporan dos novedades en materia tributaria que están asociadas a la vida familiar y a la protección del derecho a la vivienda.

En primer lugar, la propuesta establece que los gastos objetivamente necesarios para la vida, cuidado o desarrollo de la persona y su familia se considerarán deducibles para la determinación de los tributos que correspondan.

Se deberá dictar una ley que determine el alcance de este derecho, sin embargo debiera entenderse que, para efectos de la declaración de impuestos personales, se descontarán los gastos necesarios para la vida familiar y la crianza de los hijos, como educación, salud y vivienda, entre otros.

Este derecho que existe varios otros países, es un avance significativo en lo que respecta a reconocer a la familia como núcleo fundamental de la sociedad, en el sentido que es deber del Estado y la sociedad dar protección a las familias y propender a su fortalecimiento.

En segundo lugar, y dentro del marco del derecho a la vivienda, la propuesta establece que el inmueble destinado a la vivienda principal del propietario, sea que lo habite solo o con su familia, estará exento de toda contribución e impuesto territorial, excepto aquellos de alto avalúo fiscal y considerando los ingresos del contribuyente y su familia.

Según la norma decimocuarta transitoria, el presidente dispone de un plazo de seis meses para enviar un proyecto de ley que regule las excepciones señaladas a la exención, que se aplicará de pleno derecho por la administración tributaria y de modo progresivo, respecto del impuesto territorial anual a pagar, a contar del primero de enero del año 2026, a razón de un veinte por ciento anual hasta su implementación total.

Adicionalmente, en el plazo de un año, deberá enviar un proyecto de ley para compensar la disminución de los ingresos municipales que eventualmente se generen.

Principios generales

En cuanto a los principios tributarios, la propuesta mantiene los principales aspectos de la actual Constitución:

· Se dispone que en ningún caso un derecho fundamental podrá ser afectado en su esencia, ni se le podrá imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio

· La iniciativa legal exclusiva del Presidente para imponer, suprimir, reducir o condonar tributos y otras cargas públicas, establecer exenciones y determinar su forma, proporcionalidad o progresión

· Se establece la igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley y se prohíben los impuestos desproporcionados, de alcance confiscatorio, injustos o retroactivos.

· Se reconoce el principio de no afectación de los tributos a un fin determinado, salvo en el caso de defensa nacional o tributos regionales o locales para el financiamiento de obras de desarrollo e inversión, en ambos casos a través de una ley.

Más información contactar a:

Hernán Fontaine
Socio Área Tributaria
hfontaine@fontaineycia.cl

Javier Cortés
Abogado Área Tributaria
jcortes@fontaineycia.cl

 

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