Recientemente se publicó en el Diario Oficial la Ley número 21.366, que tiene como objetivo perfeccionar y modernizar el Registro de Empresas y Sociedades, el que fuese establecido por la ley 20.659, conocida como “Empresa en un Día”, para facilitar la constitución de sociedades y los trámites asociados a ellas.
Las principales modificaciones introducidas, son las siguientes:
1. Registro de Accionistas Electrónico
De acuerdo a las nuevas normas, el Registro de Accionistas, de las sociedades en que deba existir dicho registro, se llevará solamente por medios electrónicos, en la plataforma dispuesta al efecto por el Registro de Empresas y Sociedades. Tal como lo contempla la norma común, en el registro de accionistas deberá anotarse toda cesión de acciones o su adquisición por cualquier modo, así como los gravámenes, derechos reales y pactos particulares relativos a ellas.
2. Registro de Poderes
A partir de la entrada en vigencia de la modificación, los poderes y delegaciones otorgados, modificados o revocados serán incorporados al registro electrónico creado por esta nueva ley, por medio de la suscripción del formulario respectivo. Los poderes y delegaciones otorgados de esta forma tendrán el mismo valor que los otorgados de las formas tradicionales.
3. Suscripción de formularios
Las modificaciones introducidas permiten que desde la entrada en vigencia de la nueva ley, los formularios disponibles en la plataforma electrónica sean firmados por los representantes o apoderados de los socios o accionistas. Con anterioridad, éstos solo podían ser firmados por ellos.
4. Información a Órganos del Estado, Organismos Públicos y Privados
La ley 21.366 permite que, con acuerdo entre los órganos del Estado, se puedan realizar trámites gestionados por otros órganos del Estado, o trámites o servicios prestados por organismos públicos y privados, relacionados. Asimismo, los usuarios podrán utilizar y solicitar el envío a través del sitio del Registro, de la información contenida en él, para la realización de otros trámites o el acceso a otros servicios no contenidos en el sitio electrónico.
5. Suscripción y compraventa de acciones
A partir de la entrada en vigencia de la ley, los socios de las sociedades registradas en el Registro de Empresas y Sociedades, podrán celebrar, de forma directa, la suscripción y compraventa de acciones, a través de un formulario, denominado «De Suscripción» o «De Compraventa de Acciones», el que una vez suscrito será incorporado al Registro de Accionistas e informado al Servicio de Impuestos Internos.
Vigencia: Estas modificaciones entrarán en vigencia el primer día hábil del sexto mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial del decreto por el cual se realizan las modificaciones que deban efectuarse al reglamento de la ley N° 20.659, el cual a su vez tiene un plazo de 1 año para publicarse, por lo que el plazo máximo vence el día 1º de febrero de 2023.