Rechazo a la Reforma Tributaria

Category: 2023 , 9 marzo 2023 | Rechazo a la Reforma Tributaria

Después de meses de tramitación, la Cámara de Diputados rechazó ayer la Reforma Tributaria, que consideraba un alza importante de impuestos a las personas, nuevas facultades de fiscalización para el Servicio de Impuestos Internos, nuevos impuestos al patrimonio y la desintegración de los impuestos corporativos y personales, entre muchas otras medidas que han generado amplio debate en cuanto a su oportunidad y reales efectos en recaudación fiscal.

El artículo 68 de la Constitución dispone que los proyectos desechados en general en la Cámara de origen no pueden renovarse sino después de un año, salvo que el Presidente insista a través del Senado y éste lo apruebe en general por los dos tercios de sus miembros presentes, con lo que el proyecto volvería a la Cámara, que podría rechazarlo nuevamente, esta vez con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.

Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto consideraba algunos beneficios que generan cierto consenso, como los siguientes:

Aumento gradual de impuestos a Pymes
En efecto, el artículo 17 transitorio del Proyecto establecía una rebaja transitoria de la tasa de impuesto de Primera Categoría de 13% para el ejercicio 2023 y 20% para el año 2024, volviendo a la tasa de 25% recién el ejercicio año 2025, año tributario 2026. Este beneficio buscaba un alza gradual de la tasa de impuesto de Primera Categoría que afecta a las Pymes, que se mantuvo en un 10% desde el año 2020 al 31 de diciembre de 2022 recién pasado.

Depreciación instantánea del 50% del activo fijo
El Proyecto contemplaba la posibilidad de depreciación instantánea del 50% del valor de adquisición de los bienes físicos del activo inmovilizado, nuevos o importados adquiridos entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, destinados a nuevos proyectos de inversión, con determinados requisitos.

Impuestos sustitutivos
El Proyecto consideraba la posibilidad de acogerse a impuestos sustitutivos de impuestos finales, con diversas tasas y plazos. En la mayoría de los casos estos impuestos eran consecuencia de la eliminación de beneficios que se mantendrán vigentes con el rechazo del Proyecto, como la tributación de los Fondos de Inversión y la integración de los impuestos corporativos y personales.

Los impuestos sustitutivos establecidos previamente, junto con generar un beneficio para los contribuyentes, que han podido acogerse a tasas especiales y transitorias, a la vez han generado una recaudación inmediata para el Fisco, al ver anticipada una recaudación futura y en muchos casos incierta, dados los mecanismos de determinación de impuestos.

Sólo como referencia, el último impuesto sustitutivo, cuyo plazo venció en abril del 2022, recaudó más de USD 4.000 millones, superando largamente lo proyectado inicialmente.

Beneficio de rebaja de gasto en arriendos
El Proyecto incluía la posibilidad de deducir del Impuesto Global Complementario el gasto en arriendo, con un tope de 8 UTA. La mantención de esta iniciativa, y la incorporación de otros beneficios como la deducción de gastos en educación y salud, podría generar un alivio a los contribuyentes.

Más información sobre Temas Tributarios contactar a:

Hernán Fontaine
Socio Área Tributaria
hfontaine@fontaineycia.cl

Javier Cortés
Asociado Área Tributaria
jcortes@fontaineycia.cl

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