Tasa 0% Transitoria para Impuesto de Timbres y Estampillas

Category: Actualidad Legal Covid-19 , 2 abril 2020 | Impuesto Timbres y Estampillas

La disminución transitoria a tasa 0% del Impuesto de Timbres y Estampillas es una de las medidas establecidas en la Ley 21.225, publicada hoy, para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto del Covid-19.

Esta rebaja aplica desde el 1º de abril de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020 para todos los documentos gravados con ITE que respalden operaciones de crédito de dinero. Es decir, los préstamos que se respalden por ejemplo en mutuos, pagarés o letras de cambio durante el período de rebaja transitoria no quedarán afectos a este impuesto.

En el caso de los documentos de importación gravados con este impuesto, que incorporan un crédito, tendrán el beneficio en la medida que la aceptación de ellos ocurra desde el 1º de abril al 30 de septiembre.

En los casos de operaciones que se acojan al beneficio en este período, y que sean objeto de refinanciamiento posterior, se considerará que dichas operaciones o documentos fueron afectados por las tasas que hubiese correspondido aplicar, es decir, podrán refinanciar como si hubieran pagado previamente el impuesto.

El beneficio aplica retroactivamente desde el 1º de abril, por lo que no procede cobro del impuesto ni de intereses o multas en los casos de operaciones celebradas antes de la publicación de la Ley, procediendo su devolución si correspondiere.

Estamos a la espera que el Servicio de Impuestos Internos emita las respectivas instrucciones respecto la forma en que deberá hacerse la declaración de este impuesto. Les informaremos en cuanto haya claridad al respecto.

Más información sobre Temas Laborales contactar a:

Hernán Fontaine
Socio Área Tributaria
hfontaine@fontaineycia.cl
Javier Cortés
Asociado Área Tributaria
jcortes@fontaineycia.cl

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