Para la actual Declaración de Renta: Opción de cambio retroactivo de renta presunta a efectiva

Category: Actualidad Legal Covid-19 , 24 abril 2020 | Cambio de renta presunta a efectiva

Un nuevo beneficio tributario para ayudar a las Pymes a enfrentar la emergencia producto del Covid-19, se estableció recientemente mediante la Resolución Nº43 del Servicio de Impuestos Internos. Ésta permite a los contribuyentes de renta presunta optar, hasta el 31 de julio de este año, por tributar en régimen de renta efectiva a partir del ejercicio 2019, es decir, de forma retroactiva.

Como regla general, el artículo 34 de la Ley de la Renta faculta a los contribuyentes de renta presunta para optar por tributar en base a renta efectiva hasta el 30 de abril de cada año, cambio que rige desde el año comercial en que se ejerce la opción.

Sin embargo, este nuevo beneficio les permitirá cambiar de régimen en forma retroactiva y realizar su declaración de renta este año tributario 2020, sobre la base de su renta efectiva del año comercial 2019, demostrada según contabilidad completa, de acuerdo a los antiguos regímenes 14 A), 14 B) o 14 ter de la LIR.

Para lo anterior, deberán reconstituir su contabilidad para el ejercicio 2019. En caso de no poder reconstituirla, podrán tributar de acuerdo a una base de 10% del capital efectivo invertido en la empresa o a un porcentaje de las ventas realizadas durante el ejercicio, considerando para ello el promedio de otros contribuyentes similares, según señala el artículo 35 de la LIR.

Incluso aquellos que ya hayan declarado renta en este período tributario, podrán optar por el cambio a renta efectiva, dejando sin efecto su declaración previa en base a renta presunta.

Esta opción especial de cambio retroactivo a renta efectiva, no altera la posibilidad de cambiar a renta efectiva para el ejercicio comercial 2020, es decir, el año tributario 2021, opción que se puede ejercer como es habitual hasta el 30 de abril.

Cabe hacer presente, por último, que todos los contribuyentes de renta efectiva deberán tributar el año 2021 en alguno de los nuevos regímenes establecidos por la Ley 21.210, que comenzaron a regir el 1º de enero de este año.

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Hernán Fontaine
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Socia Área Tributaria
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