Alerta Inmobiliaria: Circular modifica el criterio para acogerse a normas de Conjunto Armónico

Category: 2023 , 4 abril 2024 | Circular modifica el criterio para acogerse a normas de Conjunto Armónico

Con fecha 26 de marzo, se dictó la DDU N°496, mediante la cual, y a raíz del dictamen N° E417334/2023 de la Contraloría General de la República, se modificó el criterio sostenido hace algún tiempo en relación a la superficie a considerar para la aplicación del artículo 2.6.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que permite que ciertos proyectos puedan acogerse a las normas de Conjunto Armónico.

El artículo 107 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones define a los Conjuntos Armónicos como «aquellas agrupaciones de construcciones que, por sus condiciones de uso, localización, dimensión o ampliación de otras estén relacionadas entre sí, de tal manera que constituyan una unidad espacial propia, distinta del carácter general del barrio o sector».

La nueva DDU deja sin efecto la interpretación de que la superficie de terreno a considerar para acoger un proyecto a las normas de Conjunto Armónico, debe excluir las afectaciones a utilidad pública. De esta forma, dichas afectaciones deben ser consideradas para computar la superficie predial mínima exigida, según sea el caso.

Con lo anterior, en ciertos casos, aquellos predios que no cumplían con la condición de superficie para acogerse a las normas de Conjunto Armónico por encontrarse afectos a utilidad pública, podrán estar bajo esa normativa.

Más información contactar a:

Diego Marín
Socio Área Inmobiliaria
dmarin@fontaineycia.cl

Martín Valenzuela
Abogado Área Inmobiliaria
mvalenzuela@fontaineycia.cl

 

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