Recientemente se conoció el Informe sobre Exenciones y Regímenes Especiales en el que trabajó la Comisión Tributaria para el Crecimiento designada por el Ministerio de Hacienda, desde fines del 2020 y comienzos de 2021, y que incluye recomendaciones sobre mantención, eliminación o modificación de diversos beneficios tributarios existentes. Resulta importante destacar que este Informe corresponde a una primera etapa y que luego desarrollará una segunda, sobre otros aspectos de la legislación tributaria.
El Informe plantea que han habido varias reformas tributarias pero ahora debe trabajarse en una estrategia duradera, en base a una mirada común sobre nuestro sistema tributario, la que incluya aspectos de equidad, recaudación, regulaciones de incentivos de ahorro e inversión, y señala que la recaudación tributaria depende crucialmente del crecimiento económico.
A continuación haremos un breve resumen del Informe y de la revisión de los beneficios tributarios, haciendo presente que el Informe hace un estudio completo de los temas y desarrolla en tres aspectos fundamentales: Impuestos Corporativos, Impuesto a las Personas e IVA y otros.
- Impuestos Corporativos
El Informe recomienda mantener el régimen PYME General, tasa reducida a 25%; determinación de ingresos en base a caja; depreciación instantánea activo fijo; contabilidad simplificada y otras, además de mantener los beneficios de la PYME Transparente.Asimismo recomienda mantener la exención de impuesto a la renta de las ganancias de capital derivadas en la venta de acciones de sociedad anónimas abiertas; cuotas de fondos de inversión públicos y cuotas de fondos mutuos.Sin embargo, en relación a los fondos de inversión privados, la mayoría de la Comisión remienda la eliminación de la exención del IDPC a nivel del Fondo y que este tipo de fondos sea un contribuyente de la Ley de Impuesto a la Renta y siga las reglas generales. Hay algunos miembros que plantean mantener la actual exención en la medida que se trate de fondos Venture Capital; fondos de impacto social registrados en CORFO u otra entidad.En relación al Leasing, se analizó la alternativa de darle a esta operación las características de un contrato de crédito. - Impuestos Personales
En cuanto a los bienes raíces de propiedad de personas naturales, la Comisión planteó continuar con la exención de UF 8.000 a las ganancias de capital y el impuesto del 10% por la ganancia que excediere esa suma. Recomendó eliminar de la exención del impuesto al mayor valor en la venta de los inmuebles adquiridos con anterioridad al año 2004, pero estableciendo siempre la opción de retasar tales activos a una cierta fecha.Revisó también los regímenes de renta presunta y fue de opinión de eliminarlos, tanto aquellos establecidos para los bienes raíces agrícolas; la minería y el transporte terrestre. - Exenciones de IVA y otros impuestos
En relación a los beneficios de las viviendas DFL 2 la recomendación de la Comisión fue eliminar los beneficios y plantean que las normas que inspiraron estos beneficios se podrían lograr por instrumentos de política fiscal más efectivos.En cuanto al Crédito Especial a la Construcción, que les permite a estas empresas deducir del monto de sus pagos obligatorios mensuales de la Ley de Impuesto a la Renta el 65% del débito del IVA que deban determinar en la venta de bienes inmuebles para habitación, cuyo valor no exceda de UF2.000, con tope de UF225 por vivienda, la Comisión recomendó eliminar este beneficio.La Comisión recomendó también unificar las disposiciones que otorgan beneficios tributarios a donantes y donatarios, ya que actualmente existe una gran dispersión de normativas sobre esta materia.Además la Comisión recomendó gravar los servicios con IVA y mantener o establecer exenciones para casos justificados de acuerdo a criterios preestablecidos, argumentando que esto simplificaría el sistema y aseguraría una mayor neutralidad de la cadena del IVA.
En el Informe se fundamenta cada alternativa de las aquí presentadas y se señalan los criterios de la OCDE y FMI.