Nueva normativa de la CMF eleva los estándares en materia de Operaciones con Partes Relacionadas (OPR)

Category: 2024 , 12 enero 2024 | Nueva normativa de la CMF eleva los estándares en materia de Operaciones con Partes Relacionadas (OPR)

El día 8 de enero de 2024, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la norma de carácter general número 501, la cual ejecuta el acuerdo de su consejo por el que se aprueban las menciones mínimas de las políticas de operaciones habituales y regula la difusión pública de las operaciones con partes relacionadas que hubieren sido realizadas.

Las disposiciones de esta nueva normativa y las políticas de operaciones habituales adecuadas a esas disposiciones comenzarán a regir a contar del 1º de septiembre de 2024. Esto implica que las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas especiales deberán adecuar sus políticas vigentes, aprobarlas por los respectivos directorios y que estén puestas a disposición del público a más tardar el 30 de agosto de 2024.

La normativa tiene por objeto elevar los estándares en materia de Operaciones con Partes Relacionadas (OPR). Esto es, mejorar los criterios que las entidades tendrán en consideración para efectos de calificar ciertas operaciones como habituales y ordinarias en consideración al giro social y, además, transparentar qué operaciones se han realizado en el marco de la política de habitualidad y cuáles fuera de ella.

La normativa establece que las políticas de operaciones habituales de las sociedades anónimas abiertas y las sociedades anónimas especiales deberán incluir como mínimo las siguientes materias:

• Fecha de aprobación de la política por parte del directorio y fecha de la última modificación a la misma, debiendo mantenerse actualizadas.
• Justificación de la necesidad de contar con una política de habitualidad considerando el caso particular de la sociedad.
• Características y condiciones que deberán cumplir las operaciones para ser realizadas en virtud de la política de habitualidad. Debiendo señalar: (i) cuáles serán las contrapartes con las que se podrán realizar las operaciones; (ii) el monto máximo por operación para que la operación pueda ser efectuada en el marco de la política de habitualidad; (iii) las razones por las que cada tipo de operación será determinada como ordinaria en consideración al giro social; otras restricciones que hubiera determinado el directorio; y (iv) indicar si existen otras restricciones impuestas por el directorio de la sociedad.
• Mecanismos de control a los cuales se someterán las operaciones que se pretendan realizar o que se hayan realizado al amparo de la política.
• Persona u órgano responsable del cumplimiento de los mecanismos de control señalados por la política.
• Mecanismos de divulgación.

En cuanto a la difusión de información, la normativa establece que las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales que posean valores inscritos en el registro llevado al efecto por la CMF, deberán elaborar un reporte semestral (según formato aprobado en la misma NGC) de todas las operaciones hechas con partes relacionadas y difundirlo en su página web dentro del mes siguiente al semestre que reportan.

Más información sobre Temas Corporativos contactar a:

Francisco Fontaine
Socio Área Corporativa
ffontaine@fontaineycia.cl

Sebastián Garrido
Asociado Área Corporativa
sgarrido@fontaineycia.cl

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