Alerta: Proyecto de reforma modificaría la tributación de los fondos de inversión

Category: 2022 , 14 julio 2022 | Alerta: Proyecto de reforma modificaría la tributación de los fondos de inversión

La Ley Única de Fondos vigente concede a los fondos de inversión públicos y, generalmente, a los fondos de inversión privados el beneficio de no estar afectos a Impuesto de Primera Categoría y sus aportantes tributan sólo cuando los beneficios se distribuyen a un contribuyente de Impuesto Global Complementario o Adicional.

El proyecto de reforma tributaria que impulsa el gobierno del Presidente Gabriel Boric considera la modificación de los beneficios existentes para dichos fondos, distinguiendo para ello los fondos de inversión privados de los fondos de inversión públicos.

Respecto de los fondos de inversión privados, la propuesta de reforma elimina el beneficio de no ser considerados contribuyentes de Impuesto de Primera Categoría por sus rentas propias, por lo que comenzarían a tributar con dicho impuesto en caso de aprobarse el proyecto.

De lo anterior se exceptuaría los fondos de inversión privados de capital de riesgo, en la medida que inviertan el 100% de su activo, de conformidad a lo dispuesto en sus reglamentos internos, en inversiones de “capital de riesgo”, al menos durante 330 días dentro de un año calendario, hecho que deberá ser certificado por la CORFO.

Los fondos de inversión públicos mantienen, en el proyecto de ley, su calificación como no contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, sin embargo, los repartos de utilidades a personas jurídicas, quedan afectos a dicho impuesto.

La reforma propone que les sean aplicables a los fondos de inversión públicos y privados, el nuevo impuesto a las rentas del capital, por beneficios distribuidos a los contribuyentes de impuestos finales con una tasa del 22%.

Estas modificaciones entrarían en vigencia a contar del 1º de enero de 2025, con un régimen transitorio para los años 2023 y 2024. Por otra parte, se establece la posibilidad de acogerse a un impuesto sustitutivo de impuestos finales, con una tasa del 32%, respecto a los saldos de utilidades acumuladas existentes al término de los años 2022, 2023 y 2024.

Más información contactar a:

Hernán Fontaine
Socio Área Tributaria
hfontaine@fontaineycia.cl

Ana María Severin
Asociada Área Tributaria
amseverin@fontaineycia.cl

Javier Cortés
Asociado Área Tributaria
jcortes@fontaineycia.cl

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